El Ayuntamiento de Alpedrete ha creado un fondo de subvención de 40.000 euros en concepto de ayuda a los gastos de vivienda habitual dirigida a personas empadronadas en el municipio.
Se establecen como gastos subvencionables el suministro eléctrico, gas, abastecimiento de agua, alquiler, y cualquier otro imprescindible e ineludible para el uso de la vivienda. El importe máximo de la ayuda será de 250 € por familia.
Los requisitos para acceder a la ayuda, entre otros, son que el domicilio sea la residencia habitual de la familia y que tenga una antigüedad de al menos 6 meses de empadronamiento. No podrán optar a la ayuda, aquellas familias que tengan más de una vivienda en propiedad en el municipio.
Las ayudas se adjudicarán tomando en cuenta la renta per cápita de la unidad familiar. En la unidad familiar se debe incluir también a familiares hasta segundo grado de consanguinidad y/o afinidad, que convivan en el mismo domicilio. Los miembros de la unidad familiar que tengan una discapacidad igual o superior al 65%, o dependencia en grado II o superior contarán como 2 miembros a los efectos del cálculo de la renta per cápita.
La información sobre requisitos y documentación necesaria para solicitar las ayudas, estará disponible en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, en Servicios Sociales, en los Centros de Mayores de Alpedrete y Los Negrales. Todos los impresos necesarios para completar la solicitud se pueden descargar también desde la página web municipal.
El plazo para solicitar la ayuda comienza el día 26 de febrero de 2016, y concluye 30 días naturales después, el 28 de marzo de 2016. Las solicitudes deberán ser entregadas en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, junto con la documentación requerida en la convocatoria.
Concluido el tiempo para presentar la solicitud, en un plazo de dos meses se publicará una resolución provisional en los tablones de anuncios del Ayuntamiento, Centro de Servicios Sociales y Centros de Mayores de Alpedrete y Los Negrales, así como en la página web del Ayuntamiento. En la resolución se incluirán las solicitudes admitidas, las admitidas pendientes de subsanar, y las no admitidas por incumplir requisitos. Tras el periodo de subsanación, se publicará la lista definitiva aprobada por Junta de Gobierno Local.
Todas las listas publicadas omitirán el nombre de las personas solicitantes, incluyendo únicamente el número del DNI o documento identificativo de las personas solicitantes y el número del registro de entrada de la solicitud.
- Convocatoria de ayudas a la vivienda habitual 2016
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