Alpedrete se prepara para la salida del confinamiento

18 mayo 2020

Desde el pasado 4 de mayo ya se encuentran abiertos en nuestra localidad comercios, establecimientos y restaurantes como permiten las normas establecidas para la Fase Cero de la desescalada.

Actualmente, y hasta que podamos cambiar a la Fase 1, se han realizado algunas mejoras para aliviar la Fase Cero, según regula la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo que flexibiliza determinadas restricciones  y que permite acudir a comercios y locales de servicios sin cita previa, y a bares y restaurantes a recoger comida para llevar. En esta Fase también se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas.

Debemos recordar que siguen restringidos los desplazamientos fuera del municipio, limitadas las salidas a las franjas horarias establecidas y que no están permitidas las reuniones en la calle ni en ningún otro lugar público o privado. Por tanto, se relajan algunas medidas pero, siguen sin permitirse encuentros sociales, apertura de terrazas o de cines y teatros.

El Consejo de Ministros aprobó el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, con el objetivo de programar la salida gradual la etapa más aguda de la crisis generada por la enfermedad del COVID-19, la Comunidad de Madrid, y por tanto Alpedrete, aún se mantiene en la Fase Cero, aunque con algunas mejoras, seguimos en un período preparatorio para garantizar la salida con seguridad.

Actualización 20/05/2020: Uso obligatorio de mascarillas desde el jueves 21 de mayo para todos los mayores de 6 años. Esta obligación se extiende a todos los espacios públicos del territorio nacional según recoge la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Aprende qué mascarilla necesitas y en qué debes fijarte cuando las vayas a adquirirlas con esta sencilla Guía de compra elaborada por el Ministerio de Sanidad. Utilizar mascarillas higiénicas está recomendado para la población general y las mascarillas médicas o quirúrgicas son las recomendadas para las personas con síntomas o diagnóstico de COVID19.

A continuación os resumimos qué está permitido durante esta Fase Cero con flexibilizaciones:

Condiciones de apertura de los establecimientos

  • Todos los establecimientos de menos de 400 metros pueden abrir al público. (Sin cita previa y aforo 30%)
  • Pueden abrir sea cual sea su tamaño, los concesionarios de automoción, las estaciones de revisión de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas. (Con cita previa).
  • Se permite la apertura de administraciones de loterías y juegos de ámbito estatal.
  • No está permitida la apertura de centros y galerías comerciales. (Se permite apertura a las tiendas con acceso directo e independiente desde el exterior).
  • Se pueden recoger productos comprados por teléfono o Internet.
  • Solo se puede acudir a establecimientos dentro del municipio de residencia (salvo excepciones).
  • En los establecimientos solo puede haber un cliente por cada trabajador y se debe respetar distancia de seguridad.
  • Deben contar con dispensadores de gel en la entrada.
  • En lugares donde no puedan respetarse esta distancia de seguridad (peluquerías o centros de estética) los trabajadores deben contar con los sistemas de protección.
  • Es obligatorio ofrecer un horario de atención preferente para los mayores, que debe coincidir con su franja de paseo (de 10 a 12h y de 7 a 8h).
  • Los establecimientos desinfectaran y limpiaran al menos en dos ocasiones diarias las zonas de mayor contacto con los productos autorizados por el Ministerio de Sanidad. Una de esas limpiezas será al final de la jornada y todo el material utilizado para ellos y los equipos de limpieza deben ser desechados.
  • Los uniformes y ropa de trabajo deben limpiarse diariamente a temperatura de entre 60 y 90 grados.
  • En los locales deben instalarse papeleras con tapa para depositar los sistemas de protección como mascarillas o guantes.
  • No está permitido el uso de los baños o aseos.
  • Los probadores deben desinfectarse después de cada uso.
  • En los locales de autoservicio, los empleados deberán distribuir los productos.
  • No podrán trabajar aquellas personas con síntomas de COVID19, contagiados o que estén en cuarentena.
  • Los empresarios deben proteger a sus empleados, contando con los equipos de protección necesarios.
  • Apertura de mercadillos, si lo consideran los ayuntamientos que serán los que deberán regular su puesta en marcha, con un máximo del 25% de los puestos habituales y a un tercio del aforo. Como en el resto de comercios,se marcará la distancia de seguridad mediante señales, balizas o carteles.

Recogida de comida en bares y restaurantes

  • Establecer turnos para evitar aglomeraciones.
  • Se pueden realizar pedidos por teléfono e Internet.
  • Se mantiene el servicio de pedido desde el vehículo a los establecimientos que ya lo tuvieran en su oferta.

Medidas de seguridad laboral

Se permite también con la nueva orden que se activen medidas en materia de higiene y prevención en el entorno laboral, anteriormente solo permitidas en la Fase 1, como son:

  • Garantizar la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros entre los trabajadores. También se aplicarán estas medidas de distancia en los vestuarios, taquillas y aseos, así como en cualquier otra zona común.
  • Se deberá de proveer a los trabajadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes autorizados en el lugar de trabajo.
  • Respecto a los centros educativos y los centros universitarios, se permite ya su apertura para la desinfección, acondicionamiento y para la realización de funciones administrativas, en las que se deberá garantizar una distancia interpersonal de dos metros. Los directores de los centros educativos determinarán el personal docente y auxiliar necesario.
  • El Ayuntamiento de Alpedrete ha repartido material de protección a cada uno de los centros educativos públicos de la localidad, 200 mascarillas quirúrgicas, 10 pantallas de protección individual y 5 litros de desinfectante. A partir de hoy comenzarán las labores de desinfección de los edificios.

Cultura

Ámbito Social

  • En los velatorios, podrán estar un máximo de 15 personas si son en espacios al aire libre o 10 en espacios cerrados, convivan o no en el mismo domicilio. A los entierros podrán asistir un máximo de 15 personas. Se deberán respetar siempre las medidas de seguridad e higiene.
  • Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las medidas generales de seguridad e higiene establecidas. (En la Parroquia de la Asunción de Nuestra Señora el aforo es de 80 personas en los extremos de los bancos con mascarilla obligatoria)

Actividades Deportivas

  • Los deportistas federados podrán salir a practicar deporte dos veces al día y en toda la provincia, no solo el municipio.
  • Apertura de los centros de alto rendimiento, y en ligas profesionales, se pueden hacer entrenamientos de diez personas sin contacto.

 

Una vez superada esta fase de preparación en la Comunidad de Madrid, podremos pasar definitivamente a la Fase 1 o inicial de la desescalada con el resto de medidas que pertenecen a esta fase aprobada en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo,  que recoge la aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Para facilitar su lectura, se ha elaborado una guía con toda la información sobre la Fase 1 y otra guía donde recoge las preguntas más frecuentes en este período.

  • Se permitirán los desplazamientos dentro de la provincia, aunque seguirán prohibidos los desplazamientos fuera de la provincia.
  • En vehículos privados las personas que vivan juntas pueden usar todos los asientos. Si no, máximo dos personas por fila y con mascarillas
  • Se mantienen las franjas horarias para las salidas con menores y paseo o práctica deportiva individual.

Hostelería y Turismo

  • Las terrazas de bares, restaurantes y cafeterías podrán abrir reduciendo su aforo al 50%, con grupos de hasta diez personas como máximo y respetando siempre la distancia mínima de dos metros entre mesas o agrupaciones de mesas.
  • Los hoteles y otros alojamientos turísticos podrán abrir, solo ofrecerán servicio de restauración a los clientes alojados en ellos y mantendrán cerrados todos sus espacios comunes.
  • Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas a cargo de empresas registradas como empresas de turismo activo. Estas actividades se concertarán, preferentemente, mediante cita previa.

Cultura

  • Podrá procederse a la reapertura al público de todos los locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales siempre que no superen un tercio del aforo. Además, si se realizan en lugares cerrados, no podrá haber más de 30 personas en total y, si son al aire libre, dicho aforo máximo será de 200 doscientas personas.

Práctica Deportiva

  • Se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas al aire libre para la realización de actividades deportivas que sean realizadas por un máximo de dos personas, sin contacto físico y guardando siempre la distancia de seguridad de dos metros. Además, el aforo de esas instalaciones se reduce al 30% y la actividad deportiva deberá realizarse con cita previa.
  • Las instalaciones y centros deportivos podrán ofertar servicios deportivos dirigidos al desarrollo de actividad deportiva con carácter individualizado y con cita previa.

Ámbito social

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