El pasado 30 de mayo de 2023 se publicó en el BOE la convocatoria de elecciones generales, las cuales se celebrarán el domingo 23 de julio de 2023.
En todo proceso electoral los ayuntamientos realizan funciones muy importantes, entre las que se encuentra mantener un servicio de consulta del censo electoral vigente de su municipio durante un plazo de ocho días, a partir del sexto día posterior a la convocatoria de elecciones.(Artículo 39.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General -LOREG).
La inscripción en el censo electoral vigente es un requisito necesario para poder ejercer el derecho al voto. El censo electoral se encuentra conformado por los españoles mayores de edad empadronados en Alpedrete y los residentes-ausentes que viven en el extranjero, y se cierra a 1 de marzo de 2023.(*)
Quiero votar en las próximas elecciones. ¿Estoy en el censo electoral de Alpedrete ?
Para resolver cualquier duda al respecto es necesario la consulta de los datos que obran en el censo. El censo permanecerá expuesto al público desde el lunes 5 hasta el lunes 12 de junio, ambos inclusive, a través de los siguientes medios:
1) En la página web del Instituto Nacional de Estadística (INE)
–Enlace de consulta de datos de inscripción en el censo electoral. Para consulta con DNIe, un certificado electrónico reconocido o a través del sistema Cl@ve. Los certificados admitidos son los emitidos por las autoridades de certificación incluidas en la plataforma @firma del Ministerio de Presidencia.
Si no se dispone de certificado digital, las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral atienden las consultas sobre tarjetas censales, locales y mesas electorales en el teléfono gratuito 900 343 232. El horario de atención es de lunes a viernes no festivos, de 9 a 14 horas. El servicio va a estar disponible durante todo el período electoral, inicialmente con la información del censo de consulta y, una vez resueltas las reclamaciones, con el censo electoral de votación.
2) En las oficinas municipales del ayuntamiento
Se puede realizar la consulta individual, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. Será necesario presentar el DNI, pasaporte o permiso de conducir en el que aparezca la fotografía del titular.
Quiero presentar una reclamación sobre el censo. ¿Qué tengo que hacer?
En el caso de ser necesaria una reclamación por ausencia o error en sus datos, podrá hacerlo a través de las siguientes vías:
-Si dispone de DNIe, un certificado electrónico reconocido o sistema Cl@ve, puede realizar su reclamación de forma telemática en el siguiente enlace(INE). Es necesario aportar un certificado del padrón municipal en el que conste que la persona que solicita la reclamación está inscrita como residente en el padrón de habitantes de Alpedrete con los datos que reclama, indicando desde qué fecha. Además debe adjuntar también un documento de identificación (DNI, carnet de conducir o pasaporte).
-Si no dispone de sistemas de identificación y firma electrónicos, podrá presentar su solicitud presencialmente en el Registro Municipal del Ayuntamiento, en el mismo periodo de exposición del censo, desde el día 5 al 12 de junio ambos inclusive, en horario de atención al público (de lunes a viernes de 9:00 a 14:00h). Para la presentación es necesario cumplimentar el formulario que encontrará a su disposición en este enlace. Las reclamaciones deberán ir acompañadas obligatoriamente del DNI, pasaporte o permiso de conducir en el que aparezca la fotografía del titular.
¿Y si estoy en el extranjero?
Si reside en el extranjero o se encuentra temporalmente fuera de España, consulte sobre el censo electoral y cómo puede votar en este enlace: https://www.exteriores.gob.es/es/Paginas/Elecciones.aspx
Otra información de interés
El Instituto Nacional de Estadística ha reunido en la siguiente dirección web “Tramites telemáticos a disposición de los electores” la siguiente información:
Anuncio de exposición de las secciones, mesas y locales electorales 23 de julio de 2023
(*)El censo electoral vigente para unas elecciones es el censo electoral cerrado el día primero del segundo mes anterior al mes de la convocatoria y ampliado con las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación y sin tener en cuenta los cambios de circunscripción producidos en los doce meses anteriores a la fecha de la convocatoria en el censo electoral de los electores residentes ausentes que viven en el extranjero.